\”Con el fin de cumplir con este objetivo se ha dispuesto la funcionalidad de Afiliación de Oficio en el Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) a través de la página www.miseguridadsocial.gov.co, siendo este el medio por el cual las IPS o entidades territoriales puedan hacer el registro de esta novedad\”, explicó Plinio Alejandro Bernal, director de Aseguramiento en Salud del Minsalud.
Bernal aseguró que se pueden beneficiar de esta medida las personas con encuesta del SISBÉN I o II o, incluso transitoriamente aquellas personas a las que no se les haya realizado la encuesta; así como a las poblaciones especiales de que trata la citada norma, incluidos venezolanos que cuenten con el Permiso Especial de Permanencia PEP.
\”Este proceso tiene la ventaja de que dicha afiliación se puede efectuar cuando se requieran los servicios de salud en una IPS y que al momento de acceder no se encuentren afiliados en el SGSSS\”, afirmó Bernal.
Adicionalmente, este proceso se puede realizar en la entidad territorial donde se encuentre domiciliado. Tanto la IPS como la entidad territorial tienen la obligación de afiliarlos, previo cumplimiento de las condiciones establecidas.
Desde la expedición del Decreto en enero, más de 152.000 habitantes del territorio nacional se han afiliado al SGSSS a través del SAT, afiliaciones de las cuales cerca del 76% se han efectuado en las IPS, y los departamentos de Antioquia y Valle del Cauca registran cerca del 43% de la totalidad, seguidos por Bogotá con 7%.
\”Esto nos ayuda a cumplir con el principio de cobertura universal, que en nuestro país alcanza cerca del 96% de aseguramiento de la población\”, mencionó Bernal.
Es importante aclarar que al momento de efectuar la afiliación de oficio la persona deberá elegir la EPS, de no hacerlo, el SAT seleccionará la EPS que tenga mayor número de afiliados en la jurisdicción, \”en este último caso, será la entidad territorial o la IPS, quién le informe sobre dicha inscripción\”, puntualizó Bernal.