Enfoque de Género

La EPSI Anas wayuu adopta los lineamientos de transversalización del enfoque de género en el sector salud para el cierre de brechas por razones de sexo, género, identidad de género y orientación sexual, como parte de la garantía al acceso y ejercicio del derecho fundamental a la salud, los cuales se encuentran contenidos en la Resolución NÚMERO 01794 DE  2024 del 27 de agosto de 2024.

Normatividad

Las acciones institucionales relacionadas con el enfoque de género se fundamentan en los lineamientos establecidos en la normatividad nacional vigente, entre ellas:

  • Constitución Política de Colombia.
  • Ley Estatutaria 1751 de 2015.
  • Resolución 3280 de 2018.
  • Política de Participación Social en Salud.
  • Resolución 2138 de 2023

¿Qué es género?

Se refiere a los roles, las características y oportunidades definidos por la sociedad que se consideran apropiados para los hombres, las mujeres, los niños, las niñas y las personas con identidades no binarias. El género es también producto de las relaciones entre las personas y puede reflejar la distribución de poder entre ellas. No es un concepto estático, sino que cambia con el tiempo y del lugar.

Objetivo

Promover la igualdad de oportunidades y el acceso equitativo a los servicios de salud, mediante estrategias institucionales que contribuyan a la prevención de violencias, la protección de derechos y la atención integral con enfoque diferencial y de género.

  • Acceso sin discriminación a los servicios de salud.
  • Respeto por la identidad y expresión de género.
  • Confidencialidad en la atención médica y administrativa.
  • Atención oportuna, integral y con enfoque diferencial.
  • Derecho a recibir orientación en salud sexual y reproductiva según sus necesidades particulares.
  • Derecho a interponer peticiones, quejas, reclamos o denuncias cuando se vulneren sus derechos.
  • Tratar con respeto al personal de salud y a otros usuarios.
  • Proporcionar información veraz sobre su estado de salud.
  • Cumplir las normas y procedimientos establecidos por la EPSI/EPS.
  • Participar en programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
  • Cuidar las instalaciones y recursos de la entidad de salud.

Canales de atención

La EPSI dispone de diferentes canales de atención y orientación para la población usuaria:

CORREOS ELECTRONICOS

  • Autorizaciones: autorizaciones@epsianaswayuu.com (respuesta en 2 a 5 días hábiles, por correo o mensaje de texto)
  • Solicitud de autorización de transporte: jmejia@epsianaswayuu.com
  • Programación de citas por fuera del municipio de residencia: centrodeatencion@epsianaswayuu.com
  • Reportes de novedades, actualización de datos, cambios de municipios: novedades@epsianaswayuu.com
  • Peticiones, reclamos, quejas, sugerencias y felicitaciones: info@epsianaswayuu.com
  • Portabilidad: portabilidad@epsianaswayuu.com
  • Gestión de servicios y tecnologías no incluidas en el plan de beneficios MIPRES: mipres@epsianaswayuu.com
  • Afiliados régimen contributivo: compensacion@epsianaswayuu.com

Teléfonos y Red Social para Atención:

  • Autorizaciones: 3157815169
  • Programación de citas fuera del municipio de residencia: 3187116646
  • Aseguramiento: 3157815169
  • Transporte: 318 8276732
  • Línea Nacional: 018000962780

Horario de atención por correo vía telefónica y por WhatsApp:

  • Lunes a Viernes: 7:00 a.m. – 11:00 a.m. y 2:00 p.m. – 5:00 p.m.

RADICACIÓN DE RIPS 2275

ANAS WAYUU EPSI

Anas Wayuu brinda información sobre la Resolución 2275 de 2023 del Ministerio de Salud y Protección Social.