Nuestra Historia

La Empresa Promotora de Salud IndĂ­gena Anas wayuu, fue creada por iniciativa de 101 Autoridades Tradicionales Wayuu de los resguardos de la media y alta Guajira, organizadas segĂşn el Decreto 1088 de 1993 en las Asociaciones de Cabildos y Autoridades Tradicionales de la Guajira y AsociaciĂłn Sumuywajat.

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La Asamblea de concertación que permitió su conformación el día 28 de abril del 2001, recibió el aval jurídico mediante la Resolución 0053 de junio del 2001 del Ministerio de Interior y la autorización para administrar los Recursos del Régimen Subsidiado en el Departamento de la Guajira, a través de la Resolución 510 de julio del 2001 de la Superintendencia Nacional de Salud con estructura orgánica y funcional definida por la legislación indígena colombiana y el SGSSS:
Ley 21 de 1991 por medio de la cual el Estado Colombiano aprobó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo – OIT, que entre otras dispone “Que los gobierno deben proporcionar a los pueblos indígenas, los medios que les permitan organizar y prestar los servicios de salud, bajo su propia responsabilidad y control, organizados en lo posible a nivel comunitario (art. 25, núm. 2, literal c).
Resoluciones V de 1993 y VI de 1997, de la Organización Panamericana de la Salud –OPS, mediante las cuales los estados miembros se comprometieron a promover la transformación de los sistemas de salud y el apoyo de modelos alternativos de atención a los pueblos indígenas, incluyendo la medicina tradicional, así como su investigación sobre seguridad y calidad.
Ley 100 de 1993, la cual describe los diferentes tipos de Empresas Promotoras de Salud, incorporĂł las de las comunidades indĂ­genas (art. 181 lit. g).
El Decreto 1088 de 1993, el cual permite la creación de asociaciones de cabildos y/o autoridades indígenas, y define entre sus objetos “Fomentar en sus comunidades proyectos de salud …” (art. 3), definiéndolas como “entidades de derecho público de carácter especial, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa” (art. 2).
Ley 691 de 1991 mediante la cual se reglamenta la participación de los grupos étnicos en el SGSSS, que en su artículo 14 permite la creación de Empresas Promotoras de Salud Indígenas.
Su gestión está fundamentada en el desarrollo y la aplicación de elementos orientadores del empresariado social indígena tales como:
  • CohesiĂłn Cultural: por mandato de sus Autoridades Tradicionales su cobertura es el Departamento de la Guajira y sus gestiones dirigidas al pueblo Wayuu. La propiedad de la Empresa es Colectiva.
  • Naturaleza JurĂ­dica: pĂşblica de carácter especial, con personerĂ­a jurĂ­dica, patrimonio propio y autonomĂ­a administrativa.
  • Su estructura orgánica y funcional tiene como eje la legislaciĂłn vigente, asĂ­ como las estructuras de gobierno propio, representadas en las Autoridades Tradicionales IndĂ­genas, por lo tanto; no es una sociedad comercial ni accionaria.
  • ParticipaciĂłn de las comunidades IndĂ­genas: las Autoridades Tradicionales en su calidad de asociados orientan la gestiĂłn para que atienda la problemática en salud de las comunidades en el marco de su competencia vs realidad social y cultural, sin que medie el ánimo de lucro, se garantiza la participaciĂłn de las comunidades wayuu a travĂ©s de los siguientes mecanismos:
    • IntegraciĂłn de la asamblea general.
    • ElecciĂłn de las directivas de la entidad: Consejo Directivo, Junta de Control Social, Gerente y nuestro propio Ăłrgano de IVC la Junta de control social.
    • Consulta previa para la formulaciĂłn y ejecuciĂłn de proyectos.
    • ParticipaciĂłn Ă©tnica en las Alianzas de Usuarios.
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  • El eje de la administraciĂłn es la complementariedad del saber ancestral con el resto de la sociedad.
  • GestiĂłn basada en Riesgos: identificaciĂłn e intervenciĂłn de los riesgos en salud, operacional, financiero, jurĂ­dico, reputacional, entre otros.
  • Crecimiento Sostenible: En el año 2001 iniciĂł su operaciĂłn con 28.000 afiliados, en el año 2018 tiene 181.393 afiliados. Crecimiento de la poblaciĂłn afiliada en 547% que se ha dado por la capacidad de respuesta operativa y financiera, estándares de calidad y habilitaciĂłn exigidos por la ley.
  • Durante los 18 años de operaciĂłn ha sido fuente de empleo en el Departamento de La Guajira, a la fecha cuenta con 170 empleos directos y un aproximado de 1000 empleos indirectos entre los miembros de la comunidad en general, generando mejoramiento de las condiciones y calidad de vida al interior de la organizaciĂłn y las comunidades.
  • ContrataciĂłn con Red PĂşblica: Empresas Sociales del Estado e instituciones creadas por Autoridades Tradicionales indĂ­genas en el marco de lo dispuesto por la Ley 21 de 1991 y Decreto 1088 de 1993, instituciones contratadas para prestar servicios de salud en el marco de la normatividad general y en especial indĂ­gena, Ley 691/01 ArtĂ­culo 25, ArtĂ­culo 1 del Decreto NĂşmero 4972 de 2007, Numeral 4 del ArtĂ­culo 2.5.2.4.2.8, del Decreto 1848 de 2017.
Con la idea de afrontar la discriminaciĂłn, asĂ­ como la de solucionar un problema estructural que aquejaba sus comunidades, originado en: i) la generaciĂłn permanente de problemas en salud por la inadecuada atenciĂłn en salud de los indĂ­genas ii) escasa cobertura, con debilidades en los atributos de oportunidad y accesibilidad iii) el desconocimiento de la lengua materna, la institucionalidad y la cultura wayuu, y iv) la discriminaciĂłn al wayuu en los servicios de salud; lo que resulta determinante para que la EPSI tenga las siguientes estrategias operativas:
Auditoria a las IPS en todos los niveles de complejidad: de calidad, verificaciĂłn y concurrencia.

Auditoria de pares para los análisis de casos y participación en los Comités de Vigilancia Epidemiológica.
RevisiĂłn conjunta y concertaciĂłn de guĂ­as y protocolos de manejo.

Procesos de educación continuada para los profesionales de la salud de la EPSI y su red de prestadores, fortalecimiento de las competencias de los médicos de baja complejidad intra y extramural con el uso de simuladores.
Complementariedad terapéutica: médicos tradicionales wayuu: Parteras con médicos especialistas: ginecólogos.
ConformaciĂłn de equipos centinelas con las IPS indĂ­genas y el Grupo de Demanda Inducida de la EPSI para la evacuaciĂłn de pacientes de las comunidades, en casos de atenciĂłn intrahospitalaria de manera urgente.
Atención de los afiliados de la EPSI en instituciones con altos estándares de calidad para la atención de sus afiliados: Instituto Nacional de Cancerología, Clínica Marly, Instituto de Ortopedia Infantil Franklin Delano Roosevelt en Bogotá, Fundación San Vicente de Paul, Rionegro Antioquia, Fundación Cardiovascular de Floridablanca Santander y Fundación Universidad del Norte Barranquilla, entre otros.
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RADICACIÓN DE RIPS 2275

ANAS WAYUU EPSI

Anas Wayuu brinda informaciĂłn sobre la ResoluciĂłn 2275 de 2023 del Ministerio de Salud y ProtecciĂłn Social.