Boletín 058 2021: “Decreto respalda el Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19”

\"\"

El ministro Ruiz presentó los aspectos principales del decreto definitivo del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19.

20/01/2021
Boletín de Prensa No 058 de 2021

Bogotá D.C., 20 de enero de 2021. – El decreto que será hoja de ruta en el Plan Nacional de Salud contra el Covid-19 ya tiene versión definitiva, así lo anunció el ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez al indicar que se tuvieron en cuenta los 132 comentarios y propuestas que la ciudadanía y organizaciones presentaron.

\”Este decreto es supremamente importante porque define el marco jurídico bajo el cual se va a trabajar. Éste será complementado con algunas resoluciones básicamente operativas que saldrán del Ministerio, pero el decreto define los aspectos principales del Plan Nacional de Vacunación\”, indicó el ministro.

De esta manera hay que tener en cuenta que el decreto aplica para todos los habitantes del territorio nacional, no solo a los que estén afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), sino también a los que están afiliados a regímenes especiales e incluso a los que no tienen ninguna afiliación.

\”Todos son sujeto de cobertura de las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales, y las EPS de todo el país\”, indicó el ministro, añadiendo que el decreto también aplica para IPS, Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y el Fondo Nacional de Salud para la Población Privada de la Libertad.

Recordemos que el decreto estuvo publicado para comentarios de la ciudadanía y consulta pública durante cinco días hábiles, tiempo en el que participaron 45 ciudadanos y 87 organizaciones. \”Todos estos comentarios se consolidaron y legitiman el decreto porque con base en eso, se han tomado algunas definiciones que saldrán en el decreto publicado\”, indicó Ruiz.

Una de las definiciones son los objetivos, \”determinados en reducir la mortalidad y morbilidad como propósito primario; segundo reducir la incidencia de casos graves y la protección de la población que tiene exposición del virus; y tercero reducir el contagio para lograr lo que se llama la inmunidad de rebaño\”, dijo el ministro.

 

Fases y etapas

El decreto tiene dos fases, una inicial donde se busca reducir mortalidad y enfermedad; y una segunda en la que se busca reducir el contagio. \”En la primera fase se definen unas poblaciones que van a ser vacunadas con prioridad, es decir los adultos mayores, los profesionales de la salud, personas con comorbilidades y algunos grupos especiales como profesores, fuerza pública, entre otros\”, especificó el jefe de Cartera de la Salud.

En la fase 2, que corresponde a las etapas 4 y 5, están los grupos como socorristas, población privada de la libertad, bomberos, talento humano de funerarias, cuidadores institucionales, algunos operadores de vuelos internacionales y guardias del INPEC.

\”En la etapa 5, estará el grueso de la población menor de 60 años y mayor de 16 años, que serán con los cuales buscaremos generar la inmunidad de rebaño\”, indicó el ministro de acuerdo con lo que se definió en el decreto.

Dentro de algunas consideraciones, se aclara que el tipo de vinculación laboral o de contrato, no va a ser un obstáculo para estar en algún grupo de las respectivas fases.

\”Si una persona corresponde a mas de un grupo de prioridad, prima el primer grupo al que esté afiliado\”, indicó el ministro, explicando que si una persona es mayor de 60 años pero también trabaja en una funeraria, se vacunará por la condición de ser adulto mayor, es decir en la etapa 2 y no en la etapa 4.

Sin embargo se contempla en el decreto que todos los procesos pueden ser actualizados de acuerdo con la evidencia científica. De esta manera el acto administrativo no es una camisa de fuerza, ya que se podrá ir ajustando.

 

Otras definiciones

También en lo que prevé el decreto, es que sea el Ministerio de Salud la única entidad encargada de importar vacunas para el covid-19.  \”Pero se deja abierto que el Minsalud podrá en un momento avanzado -si se puede importar y comercializar-, y la condiciones bajo la cuales se hará la comercialización\”, anunció Ruiz.

También se resolvió que las vacunas sean gratuitas, no podrán ser comercializadas por las entidades que las reciban y los ciudadanos las recibirán de manera voluntaria.

Por último, \”en lo que tiene que ver con la legitimidad, se fortalece el proceso participativo, se ratifican los principios de la priorización y se incluye un factor diferencial protegiendo a algunos grupos indígenas y afrocolombianos\”, reveló Ruiz,

\”Así el Plan Nacional de Salud está blindado por lo que todos los colombianos lo debemos respetar y entender que el Plan está basado en los principios colectivos, como derecho fundamental de la salud\”, concluyó.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *