Reporte de Cumplimiento ITA para el Periodo 2024

1. Accesibilidad Web

2. Requisitos sobre identidad visual y articulación con portal único del estado colombiano Gov.co

Información en el footer de la página web: https://epsianaswayuu.com/

Línea Anticorrupción: +57 318 4873592

Correo: lineaetica@epsianaswayuu.com

notificacionesjudiciales@epsianaswayuu.com

Ubicado en el footer de la página web https://www.epsianaswayuu.com

3. Información de la Entidad

Los artículos 38 y 39 de la Ley 489 de 1998, determina la estructura y funcionamiento de la administración pública, al respecto es importante precisar que, la EPSI ANAS WAYUU es una empresa promotora de salud subsidiada indígena, conformada por asociaciones de cabildos y/o autoridades tradicionales indígenas wayuu, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, cuya estructura organizacional está sujeta a la iniciativa de creación por particulares y su régimen contractual se rige por el derecho privado, constituida bajo el marco legal del Decreto 330 de 2001 que, faculta a los cabildos y/o autoridades tradicionales indígenas a conformar estas estructuras propias para el fomento del desarrollo integral de las Comunidades Indígenas.  

La EPSI ANAS WAYUU tiene establecido sus lineamientos para la toma de decisiones en las políticas, manuales de procesos, procedimientos e instructivos definidos en el marco de su estructura de mapa de procesos (sección 3.3. Mapas y cartas descriptivas de los procesos), los cuales pueden ser consultados en la sección 4.1. Normativa de la entidad / Políticas, lineamientos y manuales / b. Manuales, para mayor información. Las decisiones se toman de acuerdo con las necesidades apremiantes para la EPSI, de sus procesos y grupos de interés; teniendo en cuenta la normatividad vigente, la misión, visión y fundamentalmente los principios organizacionales de compromiso, liderazgo, calidez, calidad y trascendencia.

Los artículos 38 y 39 de la Ley 489 de 1998, determina la estructura y funcionamiento de la administración pública, al respecto es importante precisar que, la EPSI ANAS WAYUU es una empresa promotora de salud subsidiada indígena, conformada por asociaciones de cabildos y/o autoridades tradicionales indígenas wayuu, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, cuya estructura organizacional está sujeta a la iniciativa de creación por particulares y su régimen contractual se rige por el derecho privado, constituida bajo el marco legal del Decreto 330 de 2001 que, faculta a los cabildos y/o autoridades tradicionales indígenas a conformar estas estructuras propias para el fomento del desarrollo integral de las Comunidades Indígenas.

6. Planeación

De conformidad con lo establecido en el Titulo IV, capitulo 1, articulo 29 de los Estatutos de la EPSI ANAS WAYUU, tendrá un Gerente que será su representante Legal y será elegido por mayoría absoluta del Consejo Directivo para períodos de dos (2) años, contado a partir de su posesión, podrá ser reelegido dependiendo de su capacidad de gestión administrativa, crecimiento empresarial y fortalecimiento del sistema de salud indígena, o removido de su cargo en cualquier tiempo de acuerdo al criterio del consejo directivo. Que de conformidad con lo anterior, el Representante Legal  cumple con todos los requisitos para ser reelegido. Razón por lo cual, su gestión ha sido sin interrupciones y no ha habido cambios de Representante Legal. En concordancia con lo anterior, se desvirtúa la necesidad de generar informes de empalme según los términos del criterio 6.5 de la presente matriz.
 

Los artículos 38 y 39 de la Ley 489 de 1998 determina la estructura y funcionamiento de la administración pública, al respecto es importante precisar que, la EPSI ANAS WAYUU es una empresa promotora de salud subsidiada indígena, conformada por asociaciones de cabildos y/o autoridades tradicionales indígenas wayuu, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, cuya estructura organizacional está sujeta a la iniciativa de creación por particulares y su régimen contractual se rige por el derecho privado, constituida bajo el marco legal del Decreto 330 de 2001 que, faculta a los cabildos y/o autoridades tradicionales indígenas a conformar estas estructuras propias para el fomento del desarrollo integral de las Comunidades Indígenas.

11. OBLIGACIÓN DE REPORTE DE INFORMACIÓN ESPECÍFICA POR PARTE DE LA ENTIDAD

12. INFORMACIÓN TRIBUTARIA EN ENTIDADES TERRITORIALES LOCALES

No aplica para la entidad

13. MENÚ ATENCIÓN Y SERVICIOS A LA CIUDADANÍA

a. Selección de opción de la PQRSD (Petición, Queja/Reclamo, Solicitud de Información, Denuncia, Sugerencia/ Propuesta).
b. Nombre y Apellidos o Razón Social de la Empresa o posibilidad de presentar queja/denuncia anónima.
c. Tipo de documento de identidad o el de la empresa ( Cédula de Ciudadanía, NUIP -Número Único de Identificación Personal, Cédula de Extranjería, NIT -Número de Identificación Tributaria-, Pasaporte ).
d. Número de documento de identidad o NIT de la empresa.
e. Modalidad de recepción de la respuesta ( correo electrónico, dirección de correspondencia).
f. Correo electrónico.
g. Dirección de correspondencia (Dirección, Barrio/ Vereda / Corregimiento, Municipio/ Distrito, País – en caso que sea diferente al de Colombia).
h. Número de contacto.
i. Objeto de la PQRSD.
j. Adjuntar documentos o anexos.

Condiciones cumplidas en: http://vuc.epsianaswayuu.com:10021/ishoo/ishoo_pqr/ishoo_crear?_ga=2.23075002.1258461580.1663592503-1016890904.1637669101&_gl=1*bfsojz*_ga*MTAxNjg5MDkwNC4xNjM3NjY5MTAx*_ga_V0ZEYTXSXC*MTY2MzU5MjUwMy4xNi4xLjE2NjM1OTYyMDEuMC4wLjA.